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agosto 12, 2026

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Invías a construir puente en San Eduardo

En el término de los tres años siguientes, el INVÍAS deberá construir un nuevo puente vehicular sobre la quebrada La Batatalera del municipio de San Eduardo.

En acción popular el Juzgado Sexto Administrativo Oral del Circuito de Tunja declaró que INVIAS, el Departamento de Boyacá y el Municipio de San Eduardo habían vulnerado el derecho colectivo a la seguridad y prevención de desastres previsibles técnicamente. En consecuencia, dio algunas órdenes que se debían ejecutar en aras a la construcción del nuevo puente en la vía terciaria San Eduardo-Escuela Libertad-Escuela Alejandría, sobre la quebrada La Batatalera.

Sin embargo, en segunda instancia el Tribunal Administrativo de Boyacá modificó las órdenes dadas al INVÍAS disponiendo que en un plazo máximo de 4 meses realizará los estudios y diseños del puente, el cual deberá cumplir con las dimensiones, estructura y estabilidad de acuerdo a la zona geográfica y a la normatividad exigida para este tipo de estructuras. Así mismo, en los 6 meses siguientes, deberá hacer todas las gestiones de carácter administrativo, financiero y presupuestal para la aprobación de los recursos necesarios a fin de materializar su construcción, conforme a lo indicado en el estudio técnico y que fueran indispensables para garantizar el tránsito en óptimas y seguras condiciones, tanto peatonal como vehicular. Para esto, los procesos contractuales requeridos, deberán hacerse durante los 12 meses siguientes y dar inicio a la construcción del puente. En todo caso, su construcción, deberá estar en un término de 3 años sin que pueda hacerse más gravosa la movilidad de los habitantes del sector.

Hechos

El señor JAIR EDILSON BOHÓRQUEZ PARRA en ejercicio de la acción popular, solicitó se ampare el derecho colectivo a la SEGURIDAD Y PREVENCIÓN DE DESASTRES PREVISIBLES TÉCNICAMENTE, como consecuencia de una presunta omisión en la ejecución de las obras de rehabilitación que requiere el puente ubicado sobre la quebrada “La Batatalera” en el Municipio de San Eduardo.

Como fundamento fáctico señaló que, en el MUNICIPIO DE SAN EDUARDO, confluyen diferentes fuentes hídricas que históricamente han presentado afectaciones durante las temporadas invernales, tales como crecimiento de los cuerpos de agua, deslizamientos de terreno y traumatismos viales.

Que desde el año 2011, la comunidad ha venido advirtiendo sobre la afectación en varias vías y concretamente, entre otros aspectos, el estado de deterioro en que se encuentra el puente de la quebrada La Batatalera, ubicado en la vía terciaria identificada con el código 50384 (San Eduardo – La Libertad – Escuela La Alejandría).

Que dichas observaciones se han manejado a manera de alerta temprana a través del CONSEJO MUNICIPAL DE GESTIÓN DEL RIESGO DE DESASTRES – CMGRD, especialmente en lo que tiene que ver con la estructura del puente, advirtiéndose que se iniciaron algunas gestiones para la consecución de recursos con el fin de atender oportunamente esta problemática.

Que, en el año 2016, la administración municipal decidió convocar al DEPARTAMENTO DE BOYACÁ y al INSTITUTO NACIONAL DE VÍAS INVÍAS para que se atendiera la situación y el 5 de mayo de 2016, se llevó a cabo visita técnica en compañía del delegado de la administración departamental, con el objetivo de prevenir el desbordamiento y posible impacto del material de arrastre de la quebrada contra la estructura del puente; que se adelantaron los respectivos trabajos de reacomodación del material con maquinaria, previo permiso de ocupación del cauce otorgado por Corpoboyacá.

Que el 25 de mayo de 2016, la administración municipal acudió ante el INSTITUTO NACIONAL DE VÍAS, solicitando una visita de inspección y medidas de control, generándose respuesta positiva a través de oficio calendado el 01 de junio de 2016, donde se indicó que efectivamente se programaría la visita con un especialista en puentes adscrito a la SUBDIRECCIÓN DE PREVENCIÓN Y ATENCIÓN DE EMERGENCIAS de dicha entidad, a fin de evaluar la posibilidad de gestionar la instalación de un puente sobre la quebrada.

Que el 17 de junio de 2016, algunos habitantes del municipio presentaron derecho de petición ante el INSTITUTO NACIONAL DE VÍAS, advirtiendo el riesgo que representaba el estado del puente para la población, especialmente para los menores de edad que debían transitar por el sector para acceder a los establecimientos educativos.

Que el 19 de agosto de 2016, se logró la visita de los funcionarios del INVÍAS, quienes señalaron que reportarían los hallazgos que servirían de soporte para poder emprender las acciones pertinentes; refiere que, desde entonces, se han adelantado algunas actuaciones a nivel local, tales como la suscripción del Acta No. 14 del COMITÉ DE GESTIÓN DEL RIESGO DE DESASTRES, advirtiéndose sobre las dificultades que se presentaban en la zona y el aumento del deterioro del puente.

Que se emitieron alertas sobre el riesgo que representaba el puente para la comunidad y se llevó a efecto una inspección en el lugar de la emergencia, convocándose de manera extraordinaria al COMITÉ DE GESTIÓN DEL RIESGO DE DESASTRES, donde se evaluó la situación y se dictaron nuevos protocolos para atender la situación.

Que con la suscripción del Acta No. 17 del COMITÉ DE GESTIÓN DEL RIESGO DE DESASTRES, se impartieron algunas restricciones de tránsito para el paso de vehículos, motocicletas y peatones, no obstante, refiere que algunas personas hicieron caso omiso a las advertencias retirando las cintas que acordonaban el área.

Que, si bien en la zona se han realizado algunos trabajos dirigidos por el COMITÉ DEPARTAMENTAL DE GESTIÓN DEL RIESGO, a la fecha de la demanda no se habían realizado las obras de rehabilitación necesarias para que el puente funcione sin generar riesgos a la población que transita por el sector diariamente.

En el escrito de la demanda se solicitó como medida cautelar que se ordenara a las autoridades competentes efectuar el cierre del puente ubicado sobre la quebrada “La Batatalera” restringiendo el uso a vehículos de transporte público y privado, bicicletas, semovientes, personas y motocicletas, hasta tanto se realizaran las obras de rehabilitación del puente.

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