Si usted pertenece al grupo de quienes deben trabajar horas extras en festivos o dominicales como médicos, celadores, policías, conductores de transporte público y periodistas, entre otros, debe saber que los empleadores están obligados a pagarle un porcentaje más sobre el salario, en proporción a las horas trabajadas.
En un artículo publicado por la Revista Semana, en su página de X, se asegura que para el caso de las horas extras en los días en mención se acumulan dos recargos: “el recargo por trabajo extra diurno del 25% y el recargo por trabajo dominical o festivo del 75%, lo que resulta en un recargo total del 100% sobre el valor ordinario de la hora.
Para las horas extras nocturnas en días dominicales o festivos, se aplican dos recargos acumulados: el recargo extra nocturno del 75% y se le suma el dominical o festivo del 75%, sumando un recargo total del 150% sobre el valor ordinario de la hora”.
¿Cómo calcular entonces?
Para poder hacerlo primero debe saber cuanto vale su hora de trabajo, por ejemplo si su hora cuesta $10.000 + el 100% =$20.000, por hora extra dominical o festiva diurna.
Y $10.000 +150%= $25.000. por hora extra dominical o festiva nocturna.
Además se debe tener en cuenta que su empleador le debe otorgar un día compensatorio de la semana siguiente, para descansar. La norma establece (artículo 180 del CST) de que en caso de que no pueda brindar ese día de descanso, el trabajador recibirá una retribución en dinero.
Nota: Última Hora Noticias encontró una calculadora de horas extra, nocturnas, dominicales y festivas en la que usted puede hacer sus cuentas, la dirección es: https://actualicese.com
Imagen tomada de: elindependiente.com
