Según lo estableció el Consejo de Estado, Jefferson Leonardo Caro Casas, alcalde de Chiquinquirá, elegido para el periodo 2024 – 2027, sí se encontraba inhabilitado para aspirar al cargo.
La razón de la inhabilidad comienza después de las elecciones regionales de 2019, en las que Caro Casas, fue candidato a la alcaldía de la localidad y ocupó el segundo lugar, detrás de Wilmar Ancisar Triana.
Basados en el Estatuto de la Oposición, Jefferson Caro, ganó entonces una curul en el Concejo de la ciudad, la cual inicialmente aceptó. Pasado un tiempo y por circunstancias personales, renunció a la misma, pero antes que iniciara el periodo 2020 –2023 es decir, renunció ante el Concejo (2016 – 2019) y nunca se posesionó para el periodo que sí fue elegido.
A lo anterior se suma que, de acuerdo con el Estatuto de la Oposición, quien tenga derecho a la curul solo podrá, por una única vez y de manera escrita, aceptar o renunciar a la misma.
Estos fueron, entre otros, los argumentos en los que se basaron quienes solicitaron pérdida de investidura, para el entonces concejal Jefferson Leonardo Caro Casas, solicitud que fue fallada a favor de las demandantes, el 29 de febrero de 2024.
Está sanción, inhabilita al afectado para aspirar a cargos de elección popular por un periodo determinado, normalmente de diez años.
Ahora bien, la pérdida de investidura la decreta el Tribunal Administrativo de Boyacá, por lo que el Concejo de Estado debe devolverle el caso.
