El gobernador Ramiro Barragán Adame designó a la secretaria de Educación de Duitama, Diana Patricia Monsalve Valderrama, como alcaldesa encargada de esa ciudad, tras ser notificado oficialmente sobre el fallo del Consejo de Estado en el que se declaró nula la elección de Constanza Isabel Ramírez Acevedo.
Valderrama asumirá el mando hasta que se elija a una de las tres personas de la terna que presente el partido, movimiento o coalición política que certifique la Registraduría Nacional del Estado Civil para este caso.
¿Qué viene?
Entre tanto se hizo este proceso, fue oficiada la Registraduría para que se remita la aclaración de partido o coalición que deberá presentar una terna de personas que puedan fungir encargo en representación a la elección. Para este caso, la Registraduría tendrá que aclarar si es Duitama Florece (coalición) o Cambio Radical, quienes presenten a las personas que funjan el cargo mientras se dan nuevas votaciones.
Presentada la terna, el gobernador tendrá que elegir nuevamente alcalde o alcaldesa en encargo y a partir de eso se cuentan 55 días para elecciones atípicas que se deben adelantar, ya que aún no ha pasado el 50 por ciento del periodo. La Registraduría deberá establecer, para tal fin, la fecha de los comicios.
Una vez surtidas las votaciones, sea electo y tome posesión el nuevo alcalde o alcaldesa, el mandatario encargado culminará su temporalidad.
Antecedentes
Uno de los argumentos esgrimidos en la demanda de nulidad hacía referencia, precisamente, a un posible caso de doble militancia por parte de la exmandataria, asuntó sobre el cual ya había hecho énfasis la Procuraduría General de la Nación el pasado 13 de abril, tras indicarle al Consejo de Estado sobre las supuestas irregularidades que cometió Ramírez al momento de su inscripción ante la Registraduría Municipal, pues quedó representada directamente por el partido Cambio Radical y no por la coalición Duitama Florece, conformada por ASI, Mais, Cambio Radical y el Partido de La U.
La demanda también señalaba que, al momento de la inscripción, la empresaria tenía dos sanciones de la Contraloría General de la República y una de la Procuraduría General de la Nación, situación que – según el demandante – la inhabilitaban para aspirar por segunda ocasión al cargo que ya había ocupado entre el 2012 y el 2015.
La sentencia proferida en segunda instancia por la Sección Quinta de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado, el pasado 22 de abril del año en curso, revocó la decisión del Tribunal Administrativo de Boyacá que negaba las pretensiones que buscaban la nulidad de la elección de Ramírez.
Sin embargo, la exmandataria de Duitama presentó un recurso de aclaración del fallo, situación que le impedía al gobernador Barragán nombrar un encargado, hasta tanto el alto tribunal no le notificara oficialmente sobre la nulidad de la elección de Ramírez, quien fue elegida para el periodo constitucional 2020-2023.
