Desde la Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sostenible de Boyacá se adelanta una campaña para prevenir el tráfico ilegal de animales silvestres y visibilizar las sanciones graves, que incluyen multas significativas y penas privativas de la libertad.
Por esto invitan a los habitantes del departamento a: “denunciar cualquier actividad ilegal relacionada con el maltrato, la venta o posesión de animales silvestres”.
A través de ayudas visuales se le informa a la comunidad sobre la Ley 1801 de 2016, que en su artículo 101 habla de los comportamientos que afectan las especies de flora o fauna silvestres y que son objeto de sanción, mencionando entre otras:
Colectar, transportar, comercializar o poseer fauna silvestre (viva o Muerta) o sus partes sin autorización ambiental. La amonestación en este caso es la asistencia a un programa comunitario y suspensión temporal de la actividad.
Imagen tomada de la página de facebook dela Secretaría De Ambiente y Desarrollo Sostenible de Boyacá
Experimentar, mutilar, manipular especies silvestres sin autorización ambiental competente, implica una multa de 32 salarios mínimos diarios legales vigentes y suspensión temporal de la actividad.
En el caso de tener animales silvestres como mascotas la multa es de 32 SMDLV y posterior decomiso.
De otro lado las sanciones ante acciones de maltrato animal , según la ley 1774 de 2016, en sus artículos 4 y 9 especifica que: “actos dañinos y de crueldad que no causen la muerte o lesiones que agraven la salud del animal”, tendrán una multa desde 5 hasta 50 SMDLV.
Y por su parte El Título XI-A:ART.339 que habla de “delitos contra la vida e integridad física y emocional de los animales. Actos de maltrato ya sea un animal doméstico, silvestre o exótico generándole la muerte o lesiones que agraven su salud”, se aplicará una multa que va desde 5 hasta 60 SMDLV y de 12 a 36 meses de prisión.
