Ante incumplimiento del fallo de 2014 emitido por Tribunal Administrativo de Boyacá, que ampara los derechos colectivos al goce de un ambiente sano, la moralidad administrativa, y manejo y aprovechamiento de los recursos naturales entre otros, se interpuso un incidente de desacato y denuncia penal por fraude a resolución judicial. Este miércoles se realizará la audiencia púbica de pacto de cumplimiento, así lo informó José López Malaver, veedor Represa La Copa de Toca.
“Ya han transcurrido más de cuatro años desde que se profirió el fallo y a la fecha ninguna de las entidades vinculadas como obligadas realizar ejecutorias en el embalse La Copa, han cumplido en los más mínimo, por eso las acciones que interpuse, porque no se está respetado ni siquiera lo que ordena la justicia, por eso en esta audiencia pública en el Palacio de Justicia, se busca determinar el cumplimiento que a todas luces n se ha dado, pero además conocer si se pueden aplicar acciones que permitan mejorar las condiciones no solo de quienes viven en inmediaciones a este lugar, sino a gran parte del departamento”, Indicó el veedor López Malaver.
Cabe recordar que el fallo de 2014, ordena entre otros que dentro del mes siguiente a la ejecutoria de la presente providencia, realice la visita a la represa la Copa, y emita el informe técnico respectivo en el que se identifique cuáles son los agentes contaminantes que lo genera y de qué tipo de actividades derivan y determine cuáles son las medidas a adoptar por parte de quienes tienen a cargo las actividades de las que provienen los agentes y sustancias que contaminan la represa y (ii) Cumplido con lo anterior, dentro del mes siguiente deberá iniciar el procedimiento sancionatorio ambiental en contra de las personas a cargo de las actividades de las que derivan los agentes contaminantes de la represa, ordenando las medidas cautelares que resulten pertinentes para evitar la amenaza o mitigar el daño generado a la calidad del agua de la represa; en todo caso, en un plazo de 6 meses siguientes a la apertura del trámite sancionatorio ambiental, deberá emitirse la decisión definitiva dentro del mismo, en la que se resuelva si debe imponerse alguna sanción ambiental a quienes se investiga, ordenando en todo caso, a quienes con la infracción de las normas ambientales, hayan afectado la faja paralela a la fuente hídrica mencionada y su área de protección o conservación aferente -definida por CORPOBOYACÁ-, procedan a realizar la restauración paisajística de dicha zona.
Además que dentro de los 3 meses siguientes a la ejecutoria de la presente providencia, realice la visita a lo largo de los ríos Cormechoque, la Chorrera y Toca y emita el informe técnico respectivo en el que se identifique cuáles son los agentes contaminantes que lo genera y de qué tipo de actividades derivan y determine cuáles son las medidas a adoptar por parte de quienes tienen a cargo las actividades de las que provienen los agentes y sustancias que contaminan la represa y (ii) Cumplido con lo anterior, dentro del mes siguiente deberá iniciar el procedimiento sancionatorio ambiental en contra de las personas a cargo de las actividades de las que derivan los agentes contaminantes de dichas fuentes hídricas, ordenando las medidas cautelares que resulten pertinentes para evitar la amenaza o mitigar el daño generado a la calidad del agua de la represa; en todo caso, en un plazo de 6 meses siguientes 50 a la apertura del trámite sancionatorio ambiental, deberá emitirse la decisión definitiva dentro del mismo, en la que se resuelva si debe imponerse o no alguna sanción ambiental a quienes se investiga, ordenando en todo caso, a quienes con la infracción de las normas ambientales, hayan afectado la faja paralela a las fuentes hídricas mencionadas y su área de protección o conservación aferente –definida por CORPOBOYACÁ-, procedan a realizar la restauración paisajística de dicha zona. – A los municipios de Toca y Siachoaue y al departamento de Boyacá 1. Que dentro del año siguiente a la ejecutoria de esta providencia y/o en todo caso, sin superar el término de 10 años otorgado por CORPOBOYACA en las resoluciones de Aprobación del Plan de Saneamiento y Manejo de Vertimientos, procedan a la construcción, y puesta en funcionamiento de las Plantas de Tratamiento de aguas residuales de estos municipios.
Foto: Toca
