El Juzgado Quinto Administrativo Oral de Tunja falló la demanda presentada contra el municipio, por Javier Emigdio Parra Arias, exdirector general del Colegio de Boyacá, en la que solicitaba la nulidad del Decreto No. 0383 de 21 de agosto de 2024, mediante el cual el alcalde de la ciudad Mikail Krasnov, tácitamente lo declaraban insubsistente al nombrar en encargo a Galo Cristian Numpaque.
Parra Arias, al considerar que se le habían vulnerado sus derechos, entabló la acción judicial con el fin de que se le reconociera el reintegro al cargo o a otro de igual o superior jerarquía, así como el pago de salarios, prestaciones sociales y demás beneficios dejados de percibir por su desvinculación.
La decisión del Juzgado, fechada el 9 de febrero de 2026 y firmada por el juez Fabio Huérfano López, negó las pretensiones del demandante y declaró que no procedía la solicitud de nulidad del acto administrativo, ni el reintegro, ni las indemnizaciones solicitadas.
El fallo ratificó que los actos administrativos de nombramiento en encargo gozan de presunción de legalidad, y que su impugnación requiere pruebas contundentes de irregularidad que, según el juez, no fueron aportadas por el demandante. Así mismo, Ordenó que una vez la decisión quede en firme, se registre en el sistema de información judicial y se archive el expediente, dejando constancia de todas las actuaciones.
Es pertinente aclarar que es fallo de primera instancia y la decisión podrá ser apelada ante el Tribunal Administrativo de Boyacá.
